Deutsche Rentenversicherung

Prestaciones

Pensión

Periodo mínimo asegurado

El derecho de pensión solo puede reclamarse teniendo una cotización mínima. Por cotización mínima se entiende el periodo mínimo asegurado con aportaciones al seguro público de pensiones. Dicho periodo mínimo asegurado se calcula tomando como base el número de periodos asegurados, especialmente el número de aportaciones abonadas.

Dependiendo del tipo de pensión, la cotización mínima para tener derecho a pensión es de cinco años, 20 años, 25 años, 35 años o 45 años.

Para evaluar si se ha alcanzado la cotización mínima se tendrán en cuenta los meses, no los años. Esta es la unidad de tiempo más pequeña; por tanto, no se calculará en días. Para alcanzar un año, deben cotizarse 12 meses. Un mes natural en el que solo existen periodos asegurados parcialmente, cuenta como mes completo.

Cotización mínima de cinco años

Alcanzar la cotización mínima general de cinco años es el requisito para obtener:

  • la pensión de jubilación ordinaria,
  • pensiones por incapacidad laboral total o parcial y
  • pensiones por fallecimiento.

Para calcular la cotización mínima de cinco se incluirán los meses naturales con periodos asegurados y periodos sustitutivos (por ejemplo, periodos de persecución política en la antigua RDA).

Cotización mínima de 20 años

La cotización mínima de 20 años es el requisito para la obtención de una pensión por incapacidad laboral total, en caso de que la incapacidad laboral total se produzca antes de alcanzar la cotización mínima general y desde entonces haya persistido ininterrumpidamente. En este caso también se incluirán los meses naturales con periodos asegurados y periodos sustitutivos (por ejemplo, periodos de persecución política en la antigua RDA).

Cotización mínima de 25 años

La cotización mínima de 25 años es el requisito para obtener:

  • la pensión de jubilación para mineros de actividad bajo tierra de larga duración y
  • la pensión para mineros a partir de los 50 años de edad.

Para calcular la cotización mínima de 25 años se incluirán los meses naturales con periodos de aportaciones relacionadas con una ocupación de actividad permanente bajo tierra y periodos sustitutivos relacionados con la corporación de mineros.

Cotización mínima de 35 años

La cotización mínima de 35 años es el requisito para obtener:

  • la pensión de jubilación para asegurados de larga duración y
  • la pensión de jubilación para personas con discapacidad grave.

Para calcular la cotización mínima de 35 años se incluirán todos los periodos sujetos al seguro de pensiones. Los periodos sujetos al seguro de pensiones, aparte de los periodos de aportación y los sustitutivos (por ejemplo, periodos de persecución política en la antigua RDA), también son los periodos de imputación y los periodos de consideración. Los periodos de imputación puede ser, por ejemplo, periodos de enfermedad, embarazo, desempleo o formación profesional o universitaria. Los periodos de consideración son, por ejemplo, los periodos de educación de los hijos menores de 10 años.

Cotización mínima de 45 años

La cotización mínima de 45 años es el requisito para la pensión de jubilación de asegurados de duración especialmente larga. Para calcular la cotización mínima de 45 años se incluirán los meses naturales de aportaciones obligatorias en una ocupación o actividad asegurada, así como los periodos de educación de los hijos (como máximo, hasta los tres años cumplidos del hijo), los sustitutivos (por ejemplo, periodos de persecución política en la antigua RDA) y los de consideración (por ejemplo, los periodos de educación de los hijos menores de 10 años).

Desde el 1/7/2014, también se pueden incluir, por ejemplo, periodos de subsidio de compensación del salario para el fomento del empleo, las prestaciones por enfermedad y los subsidios transitorios (siempre y cuando sean periodos incluibles) , así como los meses naturales con aportaciones voluntarias. Cabe tener en cuenta que las aportaciones voluntarias solo pueden incluirse en el cálculo en caso de que exista un mínimo de 18 años con aportaciones obligatorias en una ocupación o actividad asegurada.

Para calcular la cotización mínima de 45 años no se incluirán, entre otros, los siguientes periodos:

  • periodos de aportación obligatoria o periodos imputables por el cobro de un subsidio compensación del salario para el fomento del empleo durante los últimos dos años anteriores al comienzo de la pensión, salvo que el cobro de dicho subsidio esté condicionado por una insolvencia o un abandono completo de la actividad por parte del empleador,
  • meses naturales con aportaciones voluntarias durante los últimos dos años antes del comienzo de la pensión, si paralelamente existen periodos imputables por desempleo,
  • periodos de cobro de las prestaciones por desempleo denominadas “Arbeitslosenhilfe” y “Arbeitslosengeld II”.

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Pensión por incapacidad laboral

Para poder percibir una pensión por incapacidad laboral, debe contar con la cotización mínima general de cinco años. Dicha cotización mínima puede alcanzarse, por ejemplo, con periodos de aportación. Además, durante los últimos cinco años antes de que se produjera la incapacidad laboral, debe haber abonado aportaciones obligatorias durante tres años. A estos efectos no solo cuentan las aportaciones por una ocupación asalariada en calidad de empleado, sino también, por ejemplo, los periodos de educación de los hijos y los periodos con subsidio por enfermedad o e desempleo.

Su organismo asegurador determinará si, pese a su incapacidad laboral, puede seguir trabajando o buscando trabajo, y en qué alcance. Después, tomará una decisión al respecto basándose en informes periciales o documentos médicos (por ejemplo, informes hospitalarios, documentos del seguro médico).

Las pensiones por incapacidad laboral se perciben durante un máximo de tres años (pensiones temporales). Puede consultar la duración de la misma en su notificación de pensión. Las pensiones temporales pueden prorrogarse si se cumplen los requisitos necesarios para ello.

Una pensión por incapacidad laboral parcial asciende a la mitad del importe de una pensión por incapacidad laboral total. Sirve como compensación para la manutención. Con las capacidades laborales que le quedan, en la medida de lo posible, deberá trabajar (a tiempo parcial) y tener ingresos adicionales a la pensión.

Le rogamos tenga en cuenta: Puede tener una ocupación laboral paralela a la percepción de la pensión. Pero debe notificarlo de antemano. Rentenversicherung comprobará si su derecho de pensión sigue intacto o si los nuevos ingresos influyen en la cuantía de la pensión. Desde el 1 de julio de 2017, hay nuevas normativas sobre los ingresos adicionales. A este respecto, infórmese en su organismo asegurador.

Pensiones para mineros con incapacidad laboral

Los requisitos para obtener esta pensión son los mismos que para la pensión por incapacidad laboral. Sin embargo, en este caso no se comprobará si existe una incapacidad laboral, sino una incapacidad para trabajar en la mina.

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Pensiónes de jubilación

Pensión de jubilación ordinaria

Puede obtener esta pensión de jubilación tras alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Para ello, debe tener un periodo mínimo cotizado de cinco años con aportaciones. A los asegurados nacidos antes de 1947 se les aplica la edad de jubilación ordinaria de 65 años cumplidos.

Desde 2012, la edad de jubilación ordinaria está aumentando progresivamente para los asegurados nacidos después de 1947. La edad mínima alcanzará 65 años y un mes en caso de que alguien haya nacido en 1947. Para los asegurados nacidos en 1948, la edad de jubilación ordinaria asciende a 65 años y dos meses. Para los siguientes años de nacimiento, a la edad de jubilación ordinaria se le añade un mes en los primeros años; posteriormente, se sube a dos meses por año de nacimiento. Por tanto, al año de nacimiento 1964 se le aplica una edad de jubilación ordinaria de 67 años.

Pensión de jubilación para asegurados de larga duración

Esta pensión de jubilación puede solicitarla (con reducciones) con 63 años cumplidos, siempre y cuando tenga un periodo mínimo asegurado (cotizado) de 35 años. Para el cómputo de ese periodo cuentan, entre otras cosas, los periodos de aportaciones al seguro obligatorio, las aportaciones voluntarias, los periodos escolares, de FP y universitarios, así como los periodos de atención de los hijos (periodos de cotización para la jubilación).

La edad mínima para obtener esta pensión de jubilación sin reducciones se está ampliando progresivamente desde el año 2012. Las reducciones por obtención prematura, de un máximo del 7,2%, ascienden en un 0,3% por cada mes de incremento. Los afectados por este aumento son los asegurados nacidos en 1949. A los nacidos en enero de 1949 se les incrementa la edad mínima en un mes; a los nacidos en febrero de 1949, en dos meses; y, a los nacidos entre marzo y diciembre de 1949, en tres meses. Mediante este incremento progresivo en caso de pensión de jubilación prematura, se compensa el incremento no aplicado a los años de nacimiento 1947 y 1948 desde 2012 y se consigue una equiparación con el incremento de la edad de jubilación ordinaria. A los asegurados nacidos a partir de marzo de 1949 se les aplica un incremento paralelo al incremento de la edad de jubilación ordinaria. En cuanto a los asegurados nacidos a partir de 1964, se aplica la edad mínima de 67 años.

Pensión de jubilación para asegurados de duración especialmente larga

Desde 2012 existe la pensión de jubilación para asegurados de duración especialmente larga, que puede obtener desde el 1 de julio de 2014 en condiciones facilitadas. Si cuenta con un mínimo de 45 años con aportaciones obligatorias, por ejemplo, por una ocupación asegurada, una actividad autónoma, asistencia, desempleo, enfermedad o asistencia de los hijos, con 63 años cumplidos ya puede jubilarse sin reducción alguna.

A partir del año de nacimiento 1953, esta edad mínima se incrementa progresivamente para obtener una pensión sin reducciones. Para todos los nacidos a partir de 1964, asciende a 65 años.

La pensión de jubilación para asegurados de duración especialmente larga no puede (ni siquiera con reducciones) obtenerse de forma prematura.

Pensión de jubilación para personas con discapacidad grave

Puede obtener esta pensión (con reducciones) con 60 años cumplidos. En cuanto al periodo cotizado, también se exigen 35 años, que debe completar con todos sus periodos asegurados. Además, debe demostrar un grado de discapacidad (GD) mínimo de 50. Desde 2012, la edad mínima se está incrementando tanto en la pensión prematura como en la pensión sin reducciones. Esto afectaría a los nacidos en 1952. En este caso, el incremento se va acelerando progresivamente. Por ello, la edad mínima se ha incrementado en un total de seis meses desde junio de 2012. Para los asegurados nacidos a partir de junio de 1952, el incremento se produce de forma paralela al de la edad de jubilación ordinaria. Para los asegurados nacidos a partir de 1964, la edad mínima aplicable asciende a 65 años. La pensión de jubilación para personas con discapacidad grave puede obtenerse tres años antes (con reducciones).

Pensión para mineros de actividad bajo tierra de larga duración

Los mineros de actividad bajo tierra de larga duración tienen derecho a esta pensión de jubilación a partir de los 60 años cumplidos y con un periodo cotizado de 25 años.

Deutsche Fassung

Pensión por fallecimiento

Pensión de viudedad

Si fallece su cónyuge o pareja de una unión civil registrada, este debe contar con la cotización mínima (es decir, el periodo mínimo asegurado) de cinco años con sus propios periodos de aportación. Además, en la fecha de su fallecimiento, debe llevar como mínimo un año casado o registrado como unión civil con su cónyuge o pareja.

Por otra parte, como viuda o viudo, no puede haberse casado de nuevo o haber registrado una nueva unión civil como pareja supérstite. En cuanto a la duración del derecho de pensión y la cuantía de la pensión, existen diferencias entre las pensiones de viudedad de grado alto y bajo. Puede obtener una pensión de viudedad de grado alto si:

  • tiene más de 47 años cumplidos o
  • está a cargo de un menor o
  • tiene incapacidad laboral.

Tendrá derecho a obtener una pensión de viudedad de grado bajo durante un máximo de 24 meses, mientras que la pensión de viudedad de grado alto no tiene límites. La pensión se calculará partiendo de los periodos asegurados del difunto y su cuantía varía. La pensión de viudedad de grado bajo asciende al 25%, mientras que la pensión de viudedad de grado alto asciende al 55% de la pensión del difunto (en algunos casos, al 60%).

Pensión por menores a cargo

Tiene derecho a una pensión por menores a cargo, si:

  • el divorcio se produjo después del 30 de junio de 1977,
  • su ex cónyuge ha fallecido,
  • usted no ha vuelto a casarse,
  • tiene un menor a cargo y
  • cuenta con la cotización mínima general de cinco años en el momento del fallecimiento de su exmarido con periodos asegurados propios (por ejemplo, periodos de aportación).

También tendrá derecho de pensión por menores a cargo, con las condiciones mencionadas, como pareja de una unión civil registrada, pero en lugar del divorcio o el matrimonio, se tiene en cuenta la disolución o la constitución de la unión civil.

Los ingresos propios se imputarán tanto a la pensión de viudedad como a la pensión por menores a cargo. En el proceso de solicitud, Rentenversicherung investiga los ingresos del supérstite, como por ejemplo las remuneraciones por ocupaciones, los ingresos procedentes de una actividad autónoma, las pensiones, los subsidios por enfermedad, etc. A toda persona que percibe una pensión de viudedad o por menores a cargo le corresponde un importe exento, hasta cuya cuantía los ingresos propios no son imputables. Una vez superado el importe exento, los ingresos excedentes se incluyen al 40% en el cálculo de los ingresos.

Pensiones de orfandad

En calidad de hijo de un asegurado fallecido, usted puede percibir una pensión de orfandad (parcial o total), en caso de que el difunto hubiera alcanzado la cotización mínima general de cinco años con periodos de aportación. Tiene derecho a una pensión de orfandad hasta los 18 años cumplidos. Además, como huérfano puede percibir una pensión hasta los 27 años cumplidos, en caso de que:

  • esté cursando formación profesional o universitaria o
  • esté realizando un voluntariado social o medioambiental, o participando en el servicio federal de voluntariado o
  • no pueda sustentarse a sí mismo por discapacidad física, intelectual o psicológica.

Durante el servicio militar voluntario no tendrá derecho a una pensión de orfandad. En caso de formación profesional, el derecho de pensión de orfandad puede prolongarse más allá de los 27 años en caso de que estuviera obligado a realizar el servicio militar obligatorio o el servicio civil sustitutorio antes del 1 de julio de 2011. Los periodos de transición de un máximo de cuatro meses naturales, por ejemplo, entre dos formaciones profesionales o un servicio militar y el comienzo de la formación profesional, se puede abonar una pensión de orfandad. Por favor, pida información al organismo asegurador encargado de su caso.

Indemnización de una pensión de viudedad

Si, como viuda o viudo, se vuelve a casar o vuelve a constituir una unión civil registrada, se suspende su derecho de pensión de viudedad. No obstante, tiene derecho a una indemnización por importe de la cuantía media de la pensión de los últimos doce meses multiplicada por 24. Ello solo se aplica a las primeras nupcias o a la primera constitución de una unión civil registrada.

Deutsche Fasung

La pensión de base (Grundrente)

Quien ha trabajado muchos años cobrando un salario inferior a la mínima, obtendrá futuramente una pensión de base (Grundrente). Así lo acordó el Parlamento Federal alemán a principios de julio de 2020. La pensión de base no constituye una prestación independiente, sino tan sólo un suplemento a la pensión existente, que se pagará conjuntamente con la pensión pública. Su importe se determinará en forma individualizada. La ley pertinente, la Grundrentengesetz, entrará en vigor el 1 de enero de 2021.

A fin de poder obtener el suplemento, el pensionista debe haber cumplido así llamados períodos contabilizados de la pensión de base (Grundrentenzeiten) con una duración total mínima de 33 años. Estos períodos incluyen, por ejemplo, períodos de cotización obligatoria en virtud de una actividad laboral, períodos de educación de los hijos y períodos de cuidado de familiares (Pflegezeiten), así como períodos, en los que se han cobrado prestaciones a causa de enfermedad o rehabilitación. También pueden incluir períodos contabilizados en el extranjero, siempre que estos períodos sean computables de conformidad con el Derecho comunitario o con un acuerdo bilateral en materia de seguridad social. Los ingresos medios cobrados durante la vida activa deben ascender en cualquier caso a un máximo de un 80 por ciento de la remuneración general media de la población activa.

Deutsche Rentenversicherung supone en la actualidad que la pensión de base beneficiará a aproximadamente 1,3 millones de personas en Alemania. El importe del suplemento se remontará previsiblemente a una media de 75 euros mensuales.

Deutsche Rentenversicherung determinará automáticamente los períodos y comprobará además el cumplimiento de los demás requisitos que deben reunir los pensionistas. De este modo, nadie tendrá que ponerse en contacto con Deutsche Rentenversicherung y formular una solicitud para cobrar la nueva prestación. Deutsche Rentenversicherung escribirá también automáticamente a los pensionistas residentes en el extranjero, siempre que puedan tener derecho al cobro de la pensión de base. Dado que se han de examinar unos 26 millones de cuentas, las notificaciones de pago de la pensión de base se podrán remitir previsiblemente tan sólo a partir de mediados de 2021. No obstante, los importes a cuyo cobro estén habilitados a partir de enero de 2021 los pensionistas se pagarán en todos los casos retroactivamente.

Deutsche Rentenversicherung no se ve en la actualidad todavía capaz de contestar preguntas relativas al derecho individual al cobro de una pensión de base así como al importe del suplemento respectivo. Deutsche Rentenversicherung se hará cargo de todo y procederá a pagar la pensión de base con la mayor brevedad posible a todos los pensionistas habilitados a cobrarla.

Deutsche Fasung

Pensiones flexibles

Pensión de jubilación anticipada y renta complementaria

A partir del 1 de enero de 2023, las pensiones de jubilación podrán cobrarse íntegramente con independencia de la cuantía de los ingresos adicionales. Se ha anulado el límite de ingresos complementarios aplicable anteriormente a las pensiones de jubilación anticipada. Hasta el 31 de diciembre de 2022, el límite de ingresos adicionales antes de alcanzar la edad de jubilación ordinaria era de 46.060 euros anuales, sin que se redujera su pensión de jubilación.

Seguro voluntario también para los jubilados

Como alternativa a los ingresos adicionales, la pensión también puede incrementarse mediante cotizaciones voluntarias. Si percibe una pensión de jubilación anticipada, puede cotizar voluntariamente hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria y aumentar así su pensión de jubilación ordinaria posterior. Anteriormente, este reglamento sólo se aplicaba a los pensionistas parciales y a los subsidiarios de incapacidad laboral parcial. Desde enero de 2017, los beneficiarios de una pensión completa de jubilación anticipada también pueden suscribir un seguro voluntario. En su organismo asegurador de pensiones puede informarse de a quién puede corresponder cotizar.

Trabajar más allá de la edad normal de jubilación

Si cobra su pensión de jubilación ordinaria más tarde y sigue trabajando durante un tiempo, esto tiene ventajas para usted: por cada mes que siga trabajando más allá de la edad ordinaria de jubilación y no perciba una pensión, se le abonará un complemento de pensión del 0,5 %. Por tanto, si aplaza un año su pensión, recibirá un complemento del 6 % sólo por este concepto.

Además, la pensión se ve incrementada por las cotizaciones en curso al seguro de pensiones. Ya no tiene que cotizar al seguro de desempleo.

Complemento de la pensión de jubilación ordinaria

Una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación, puede percibir ingresos adicionales ilimitados a partir del mes siguiente. Los ingresos adicionales ya no influyen en la cuantía de su pensión de jubilación porque está exento del seguro y, por tanto, ya no paga sus propias cotizaciones para la pensión de jubilación.

No obstante, ahora tiene la posibilidad de declarar a su empresario que desea renunciar a la exención del seguro y seguir pagando sus propias cotizaciones al seguro de pensiones. Esto sólo puede hacerse para el futuro y no con carácter retroactivo. Su pensión se incrementa una vez al año con las cotizaciones abonadas por usted y su empresa.

Ejemplo:
Los pensionistas que ejercen un miniempleo más allá del límite de edad regular pueden cotizar por su cuenta al régimen del seguro de pensiones y aumentar así su pensión. Con unos ingresos mensuales de 520 euros y una cotización de 18,72 euros, la pensión aumenta unos 5 euros al cabo de un año. Esto significa que las cotizaciones pagadas volverán a su cartera en menos de cuatro años.

Compensación por retenciones de pensión

Si solicita una pensión de jubilación antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación, por lo general tendrá que aceptar una reducción del 0,3 % por cada mes que cobre antes su pensión. No obstante, puede compensar estas deducciones total o parcialmente con una paga extraordinaria a partir de los 50 años. Si ha abonado una paga extraordinaria y luego no se jubila anticipadamente, estas cotizaciones incrementarán su pensión posterior. No se pueden devolver.

¿Le gustaría saber cuánto tendría que pagar para compensar la reducción de su pensión? A continuación, presente una "Solicitud de información sobre el importe de las cotizaciones abonadas para compensar una reducción de la pensión en caso de solicitud anticipada de una pensión de jubilación" a su organismo de seguro de pensiones. Esta información especial sobre la pensión le informa sobre el importe de la pensión en la fecha de prejubilación deseada, el importe de la reducción de la pensión resultante y el importe que puede abonar voluntariamente para compensar la reducción de la pensión.

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Pensión e ingresos

Pensión por incapacidad laboral parcial

Aunque perciba una pensión por incapacidad laboral parcial, puede seguir trabajando a tiempo parcial si su estado de salud se lo permite. Sólo puede obtener ingresos adicionales hasta cierto punto. Sin embargo, la cuantía de sus ingresos no sólo afecta a la cuantía de su pensión. En determinadas circunstancias, su pensión puede incluso anularse por completo. Esto se aplica, por ejemplo, si una pensión por incapacidad laboral parcial o absoluta no se abona únicamente por su estado de salud y también se tuvieron en cuenta las circunstancias del mercado laboral al conceder la pensión. Sus ingresos complementarios siempre afectarán a su pensión si superan determinados límites. En ese caso, su pensión sólo podrá abonarse en una cuantía inferior, en forma de la denominada pensión parcial, o no percibirse en absoluto.

Las pensiones por incapacidad laboral parcial pueden percibirse a partir del 1 de enero de 2023 siempre que se respeten los límites dinámicos de ingresos complementarios.

Si percibe una pensión por incapacidad laboral parcial, el límite mínimo de ingresos adicionales en 2023 será de 35.647,50 euros, y de 17.823,75 euros para las pensiones por incapacidad laboral absoluta (al 01.01.2023).

En el caso de las pensiones por incapacidad laboral parcial, sigue siendo cierto que sólo se puede ejercer una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia en el marco de la capacidad evaluada, que es la base de la pensión por incapacidad laboral parcial. En caso contrario, puede anularse el derecho a la pensión a pesar de cumplir los límites de ingresos complementarios.

Pensión de jubilación e ingresos complementarios

Si ya ha alcanzado la edad ordinaria de jubilación, por lo general puede obtener ingresos adicionales ilimitados.

La edad ordinaria de jubilación depende de la fecha de nacimiento. Para los nacidos antes de 1947, eran 65 años. Si nació entre 1947 y 1963, la edad ordinaria de jubilación se incrementará de forma escalonada. Si nació en 1964 o después, el límite de edad es de 67 años. Para los nacidos en 1958, por ejemplo, la edad normal de jubilación es de 66 años.

A partir del 1 de enero de 2023, las pensiones de jubilación podrán cobrarse íntegramente con independencia de la cuantía de los ingresos adicionales. Se ha anulado el límite de ingresos complementarios aplicable anteriormente a las pensiones de jubilación anticipada.

Pensiones por fallecimiento e ingresos

En el caso de las pensiones de viudedad y de educación de los hijos, sus ingresos sólo se deducen de la pensión si superan una cuantía fija. En el caso de las pensiones de supervivencia, se tiene en cuenta el 40 % de los rendimientos del trabajo o de sustitución que superen la cuantía exenta de impuestos. Desde el 1 de julio de 2015, no se compensa ningún ingreso con las pensiones de orfandad. Tampoco se compensa ningún ingreso con la pensión de viudedad durante los tres primeros meses naturales tras el fallecimiento del asegurado fallecido (el denominado trimestre de fallecimiento).

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Rehabilitación

El objetivo de la rehabilitación es su (re)inserción total o parcial al mundo laboral. Se aplica el siguiente principio: la rehabilitación tiene preferencia frente a la pensión. Eso significa que antes de abonar una pensión por reducción de la capacidad laboral, se verificará si se puede autorizar una rehabilitación y, por tanto, recuperar la capacidad laboral.

Para poder obtener una prestación para rehabilitación, debe cumplir con determinados requisitos personales y relacionados con el seguro. La rehabilitación es necesaria a nivel médico. Para ello, lo mejor es entregar un informe actual de pruebas médicas o un certificado médico. Por otra parte, debe haber alcanzado un periodo asegurado (cotización) mínimo en el seguro público de pensiones.

Debe solicitar todas y cada una de las prestaciones para rehabilitación. Además, no pueden existir motivos de exclusión. Un motivo de exclusión sería, por ejemplo, el cobro de una pensión de jubilación completa.
En cuanto a la rehabilitación, el seguro público de pensiones establece varias prestaciones diferenciadas:

Prevención

La prevención le ayudará a abordar sus problemas de salud de manera activa y a mejorar su vida (laboral) en el futuro. La alimentación saludable, el ejercicio físico frecuente y los ejercicios de relajación pueden devolver el equilibrio a su vida. Las estrategias psicológicas orientadas a la autogestión le ayudarán a mantenerse y a llevar una vida saludable a largo plazo. De este modo, evitará enfermedades a largo plazo y, por consiguiente, una retirada prematura del mundo laboral.

Puede obtener prestaciones médicas para garantizar su capacidad laboral (prevención) en conformidad con el Art. 14, párr. 1 de la Ley SGB VI, si sufre perjuicios sanitarios que ponen en peligro la actividad que ejerce, por ejemplo por

  • dolores recurrentes,
  • principio de perjuicios psicológicos,
  • problemas de peso, metabolismo o sistema respiratorio.

Además, debe haber alcanzado un periodo asegurado (cotización) mínimo en el seguro público de pensiones.

Las prestaciones de prevención requieren solicitud previa.

Rehabilitación médica

Por lo general, una rehabilitación médica tiene una duración de tres semanas. Se realiza con ingreso en una clínica de rehabilitación, pero tiende progresivamente hacia un ingreso parcial o una rehabilitación ambulante en la localidad de residencia. Una prestación médica para rehabilitación puede repetirse como mínimo cuatro años después. Excepción: se hace necesaria antes de dicho plazo por motivos de salud.

Participación en el mundo laboral

Las prestaciones para la participación en el mundo laboral tienen por objeto ayudarle a reinsertarse en la vida profesional a largo plazo pese a una enfermedad o una incapacidad. Existen medidas para conservar el puesto de trabajo, pero también ofertas de formación profesional o continua que pueden posibilitarle nuevas perspectivas profesionales.

Prestaciones suplementarias

Entre las prestaciones suplementarias encontramos, sobre todo, el subsidio de transición que le abona el seguro de pensiones una vez vencida la obligación de pago del salario durante una rehabilitación. También percibirá los costes de viaje que necesite y (en algunos casos) los costes de la asistencia doméstica.

Prestaciones adicionales

Las prestaciones adicionales incluyen, por ejemplo, las rehabilitaciones tras padecer cáncer y los tratamientos de los hijos de los asegurados. Los tratamientos infantiles tienen por objeto evitar a tiempo posibles reducciones de su futura capacidad laboral.

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Servicio para empresas

Deutsche Rentenversicherung ofrece un servicio para empresas en todo el territorio alemán, una oferta de asesoramiento gratuito para sociedades y empresas, sindicatos, y médicos de empresa.

Aparte del asesoramiento clásico relacionado con las pensiones, los planes de pensiones y el pago de las aportaciones, el tema “empleados sanos” es el punto fuerte del servicio para empresas. Este tema abarca todas las ofertas de prestaciones relacionadas con la rehabilitación y la reinserción. Entre otras cosas, se informa acerca de la gestión de reinserciones laborales y la creación de una gestión sanitaria en la empresa, y también se asesora en torno a las medidas de prevención y la rehabilitación médica y profesional.

El objetivo es una detección temprana de las necesidades de prevención y rehabilitación, una solicitud temprana de las prestaciones necesarias por parte de la aseguradora y, por ende, la garantía de la capacidad laboral de los empleados de la empresa en cuestión.

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Reembolso de aportaciones

Puede solicitar el reembolso de sus aportaciones en caso de que alcance la edad de jubilación ordinaria y el periodo general de cotización (es decir, el periodo mínimo asegurado) no llegue a cinco años y, por tanto, no tenga derecho de pensión. También se aplica a los supervivientes y a la pareja supérstite de una unión civil registrada, en caso de que el difunto no haya alcanzado el periodo general de cotización.

En algunos casos excepcionales, también puede solicitar el rembolso de sus aportaciones si se desvincula de manera definitiva del seguro obligatorio. Para ello deberá cumplir determinados requisitos.

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Presentación de una solicitud

Las prestaciones del seguro público de pensiones, como por ejemplo las propias pensiones, las prestaciones para rehabilitación o el rembolso de aportaciones, requieren una solicitud. En principio, no se conceden “por iniciativa propia”. El cumplimiento de los requisitos para la prestación no es suficiente para obtener la misma.

En materia de seguros públicos de pensiones, las solicitudes de prestación no tienen una forma predeterminada, por lo que también pueden realizarse oralmente o por correo electrónico, por ejemplo. No obstante, para garantizar la tramitación debida, deben rellenarse y firmarse los formularios de solicitud previstos a estos fines.

Tiene derecho a presentar una solicitud todo asegurado o beneficiario mayor de 15 años. La solicitud también la pueden presentar sus representantes legales o apoderados. La solicitud de prestaciones del seguro de pensiones puede presentarse ante cualquier oficina que abone prestaciones sociales. Sus competencias reales no importan en este caso. También pueden recibir solicitudes relacionadas con las pensiones las administraciones municipales o comunales, las representaciones alemanas en el extranjero y las oficinas de la seguridad social.

En aras de una tramitación rápida, las solicitudes pueden presentarse, por ejemplo, directamente ante el organismo asegurador encargado de la pensión, las oficinas de información y asesoramiento cercanas o los asesores voluntarios en materia de seguros, aportando los documentos originales necesarios, como el documento de identidad, la partida de nacimiento, el certificado de defunción, certificados de seguro, certificados académicos. Tenga en cuenta lo siguiente: Una presentación de la solicitud fuera de plazo puede provocar un retraso en el abono de la pensión.

Las solicitudes de prestaciones para la rehabilitación, totales o parciales, también pueden presentarse ante las oficinas de servicio comunes de la entidad rehabilitadora o ante los asesores de rehabilitación.

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Seguro de enfermedad y asistencia para pensionistas

Junto con la solicitud de pensión, deberá rellenar una solicitud de seguro de enfermedad y asistencia para pensionistas. Si su seguro médico decide que, como pensionista, también está sujeto al seguro obligatorio, el organismo asegurador encargado de la pensión recibirá una notificación y deducirá una aportación al seguro médico de su pensión mensual. Si no está sujeto al seguro obligatorio, puede darse de alta en un seguro médico público voluntariamente o acudir a un seguro privado. Como pensionista sujeto al seguro obligatorio, debe contribuir la mitad de la aportación al seguro médico y el importe completo del seguro de asistencia. La otra mitad de la aportación al seguro médico la abonará el organismo asegurador encargado de su pensión. Si no puede asumir el seguro de enfermedad para pensionistas, por ejemplo, porque tiene un seguro de enfermedad privado, puede solicitar un subsidio para las aportaciones al seguro médico al organismo asegurador encargado de su pensión.

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