Derecho comunitario
¿Qué es el Derecho comunitario y qué estados participan en él?
El término «Derecho comunitario» hace referencia los reglamentos aprobados a nivel europeo en materia de seguridad social. Los principales son el
Reglamento (CE) N.º 883/2004
y el
Reglamento (CE) N.º 987/2009.
En la actualidad, el Derecho comunitario se aplica a los siguientes estados miembros de la Unión Europea:
Alemania |
Austria |
Bélgica |
Bulgaria |
Chequia |
Chipre (sector griego) |
Croacia |
Dinamarca |
Eslovaquia |
Eslovenia |
España |
Estonia |
Finlandia |
Francia |
Grecia |
Hungría |
Irlanda |
Italia |
Letonia |
Lituania |
Luxemburgo |
Quelle: Quelle: BEM - Fotolia.com -
Malta |
Países Bajos |
Polonia |
Portugal |
Rumania |
Suecia | |
El Derecho comunitario también se aplica en las relaciones con
Suiza
y los Estados del EEE:
Islandia
Liechtenstein
Noruega
Además: Cuando en nuestra oferta en línea, por simplificar, se habla de "estado miembro" o "de los estados miembros", estos términos se refieren a todos los estados mencionados con anterioridad, en los cuales se aplica el Derecho comunitario.
Con ello nos referimos especialmente al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido declaró su separación de la Unión Europea. No obstante, el Derecho comunitario sigue vigente sin limitaciones hasta la salida definitiva.
¿Qué regula el Derecho comunitario?
El Derecho comunitario fue creado para las personas que, a lo largo de su vida laboral, trabajan o han trabajado en diferentes países de Europa. Tiene por objeto garantizar que en el espacio común no se produzcan perjuicios en materia de seguridad social para estas personas.
El Derecho comunitario es directamente aplicable en el territorio de la Unión Europea, tiene prioridad frente al Derecho alemán y anula las normativas alemanas que lo contradigan. No obstante, los derechos preexistentes que otorga el Derecho alemán no pueden anularse ni reducirse.
Los principios más importantes del Derecho comunitario son:
- un trato igualitario de los nacionales de todos los estados miembros,
- el cálculo conjunto de los periodos cotizados en los estados miembros de cara al derecho de pensión,
- la igualdad de las regiones de los estados miembros para la exportación de servicios.
¿A quién se le aplica el Derecho comunitario?
El Derecho comunitario beneficia a los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, los estados del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), así como Suiza y sus supervivientes.
A las personas sin estado y los refugiados, así como los supervivientes, que tienen su residencia en un estado miembro, un estado del EEE o Suiza, también se les aplican las normativas europeas.
Además, bajo determinadas circunstancias, el Derecho comunitario también se puede aplicar a personas que no tiene nacionalidad en un estado miembro (los denominados "nacionales de terceros estados").
Si desea más información sobre el Derecho comunitario, consulte el folleto informativo gratuito “Vivir y trabajar en Europa”:
Vivir y trabajar en Europa
Información de la Comisión Europea acerca de sus derecho en cada uno de los países
Comisión Europea
Intercambio Electrónico de Información sobre Seguridad Social (EESSI)
Deutsche Fassung
Tratados en materia de seguridad social
¿Con qué estados ha celebrado Alemania tratados en materia de seguridad social?
En la actualidad, la República Federal de Alemania tiene suscritos tratados bilaterales en materia de seguridad social con 20 estados. Por lo general, estos regulan la adquisición de un derecho de pensión y el pago de dichas pensiones en el estado en cuestión.
En materia de seguridad social, la República Federal de Alemania ha celebrado tratados con los siguientes estados:
Australia |
| 1.1.2003 |
Albania |
| 1.12.2017 |
Bosnia-Herzegovina |
| 1.9.1969 |
Canadá y Quebec |
| 1.4.1988 |
Chile |
| 1.1.1994 |
EE.UU |
| 1.12.1979 |
Filipinas |
| 1.6.2018 |
India |
| 1.5.2017 |
Israel |
| 1.5.1975 |
Japón |
| 1.2.2000 |
Kosovo |
| 1.9.1969 |
Macedonia del Norte |
| 1.1.2005 |
Marruecos |
| 1.8.1986 |
Montenegro |
| 1.9.1969 |
República de Corea |
| 1.1.2003 |
República Federativa del Brasil |
| 1.5.2013 |
República de Moldavia |
| 1.3.2019 |
Serbia |
| 1.9.1969 |
Túnez |
| 1.8.1986 |
Turquía |
| 1.11.1965 |
Uruguay |
Quelle:Wikimedia Commons
| 1.2.2015 |
Actualmente, la República Federal de Alemania ha celebrado tratados especiales, los denominados “tratados de origen”, con el siguiente estado:
República Popular de China
|
|
4.4.2002
|
El tratado de origen regula que los empleados cuya empresa desarrolla su actividad mayoritariamente en otro estado sujeto a un tratado no deben abonar aportaciones duplicadas al seguro de pensiones y al seguro de desempleo (duplicidad de seguros). Sin embargo, este tratado no contempla otras regulaciones, como por ejemplo, la adquisición de derechos de pensión o el pago de las pensiones.
¿A quién se le aplican los tratado en materia de seguridad social?
Los tratados en materia de seguridad social benefician, en primera instancia, a los nacionales de los estados suscriptores del tratado. No obstante, dependiendo del tratado, también pueden aplicarse a otras personas cuya nacionalidad no sea la de los estados suscriptores del tratado.
Encontrará más información sobre los diferentes tratados en materia de seguridad social aquí:
Folletos informativos
Deutsche Fassung
Derecho de pensión, solicitud y cálculo
Evaluación del derecho de pensión
En cada estado miembro o estado sujeto a un tratado se aplican distintos requisitos de admisibilidad. Cada organismo asegurador evalúa independientemente si existe un derecho a pensión de jubilación conforme a sus normativas legales nacionales y, en caso afirmativo, abona sus pensiones. Por ello, es posible que obtenga una pensión de varios estados, dependiendo de dónde tuvieron lugar los periodos asegurados y de si, en dicho lugar, se cumplen los requisitos de admisibilidad. No existe una "pensión europea" ni una "pensión total" cuya totalidad pueda abonar un estado miembro o estado sujeto a tratado.
Para poder optar a una pensión de jubilación alemana debe cumplir, entre otros requisitos (por ejemplo, haber alcanzado una determinada edad), un periodo mínimo asegurado, es decir, una cotización mínima.
Dicho periodo varía sustancialmente entre los distintos derechos de pensión que existen en Alemania. Por ejemplo, para obtener la pensión de jubilación para personas aseguradas de duración especialmente larga, asciende a 45 años, mientras que para la pensión de jubilación ordinaria asciende tan solo a 5 años. Conforme al Derecho comunitario, en lo relativo a dichas cotizaciones mínimas, se calculan conjuntamente los periodos alemanes y los periodos cotizados en otros estados miembros. El derecho de los tratados estipula normas similares.
Además, en el caso de los servicios especiales para mineros, las diferentes cotizaciones mínimas pueden alcanzarse mediante el cómputo conjunto incluyendo periodos de minería en otros estados miembros o en algunos estados sujetos a un tratado.
Para obtener el derecho de pensión, aparte de las cotizaciones mínimas necesarias para las diferentes pensiones alemanas, deben cumplirse requisitos especiales, según los cuales, en determinados periodos anteriores al comienzo de la jubilación, deben abonarse aportaciones obligatorias al seguro de jubilación debido a que la actividad u ocupación en cuestión es de seguro obligatorio. En ese caso, pueden tenerse en cuenta los periodos cotizados en un estado miembro o en un estado sujeto a un tratado.
A la hora de evaluar los requisitos para obtener la pensión, los otros estados miembros o sujetos a un tratado también deben tener en cuenta los periodos de cotización alemanes.
Pero tenga en cuenta que el cómputo conjunto de las cotizaciones se realiza exclusivamente en el estado miembro y con independencia entre la República Federal de Alemania y sus estados sujetos a tratados, sin estar interconectados. Por ejemplo, si ha trabajado en la República Federal de Alemania, Gran Bretaña, Irlanda y Canadá, las cotizaciones alemanas se computarán junto con las británicas y las irlandesas conforme al Derecho comunitario o junto con las cotizaciones canadienses conforme al Convenio germano-canadiense. No se puede producir un cálculo conjunto de todas las cotizaciones aportadas (alemanas, británicas, irlandesas y canadienses), por ejemplo, para alcanzar un periodo de cotización de 45 años.
Existen excepciones, pero solo en los tratados nuevos, por ejemplo, los suscritos con Brasil y Uruguay. Estos nuevos tratados también permiten el cómputo conjunto de las cotizaciones aportadas en varios estados miembros y en el estado sujeto al tratado.
Las cotizaciones aportadas en un estado con el que la República Federal Alemana no ha suscrito ningún tratado relativo a la seguridad social no pueden calcularse junto con las cotizaciones alemanas para alcanzar los requisitos de cotización.
Por lo demás, los requisitos para obtener una pensión, por ejemplo, la edad mínima y la existencia de una invalidez, se rigen exclusivamente por el Derecho nacional del estado en cuestión. Por ello, puede suceder que exista un derecho de pensión basándonos en el seguro de pensiones de un estado, mientras que los requisitos para obtener una pensión en otro estado no se cumplirán hasta un momento posterior, por ejemplo, porque en dicho estado la edad mínima es mayor. Es por tanto necesario que se informe con antelación en el estado correspondiente acerca de la edad mínima para obtener una pensión y el plazo máximo para presentar una solicitud de pensión. Podrá obtener consejos y ayuda en nuestras oficinas de información y asesoramiento, así como ante los organismos aseguradores extranjeros.
La solicitud
En caso de que tenga residencia en otro estado miembro o en un estado sujeto a un tratado, puede presentar su solicitud de pensión alemana, respetando los plazos, ante el organismo asegurador del otro estado. Del mismo modo, si tiene su residencia en Alemania, puede presentar su solicitud de pensión de otro estado miembro o de un estado sujeto a un tratado ante el seguro de pensiones alemán. Esto también se aplica a los recursos contra resoluciones de organismos aseguradores extranjeros.
Si presenta una solicitud de pensión en un estado y cuenta con periodos de cotización en varios estados miembros o estados sujetos a un tratado, dicha solicitud también cuenta como solicitud de una pensión proporcional en el otro estado. Por tanto, tan solo debe presentar una solicitud. El organismo asegurador ante el que presenta la solicitud informa al organismo u organismos aseguradores extranjeros y también inicia el procedimiento de su pensión en el estado en cuestión.
Por ello, es importante que siempre indique en su solicitud los periodos cotizados en todos los estados miembros o estados sujetos a un tratado.
En caso de que cuente con periodos cotizados en un estado con el que la República Federal de Alemania no ha suscrito un tratado relativo a la seguridad social, deberá ponerse en contacto con el organismo asegurador extranjero usted mismo.
Si vive en Alemania, en el capítulo "Prestaciones", en el apartado "Presentación de la solicitud", encontrará más información sobre este procedimiento. También puede descargar e imprimir los formularios de solicitud alemanes.
Si vive en un estado miembro o en un estado sujeto a un tratado, le recomendamos que presente su solicitud de pensión ante el organismo asegurador de su estado de residencia.
No olvide que las edades mínimas para la jubilación varían mucho entre los estados. Por ejemplo, en un estado, la pensión de jubilación puede obtenerse a los 60 años, mientras que en otros estados no es posible hacerlo hasta los 67 años. Por ello, infórmese con antelación acerca de sus derechos de pensión en virtud de la legislación del correspondiente estado extranjero.
Cálculo de la pensión
Para el cálculo de la pensión, debemos tener en cuenta que cada estado miembro o estado sujeto a tratado abona sus pensiones exclusivamente con arreglo a sus propios periodos cotizados y sus normativas legales.
El cálculo conjunto de los periodos de cotización solo se realiza con el fin de cumplir los periodos mínimos de cotización y los requisitos jurídicos especiales. No se producirá el pago de una pensión total por parte de un estado, en representación, teniendo en cuenta los periodos cotizados en otros estados.
La pensión mínima es una excepción de esta norma. En este caso, el Derecho comunitario y algunos tratados contemplan la inclusión de los periodos cotizados en el otro estado, si en dicho estado no se ha alcanzado un determinado mínimo de meses cotizados (por ejemplo, menos de un año).
Por lo tanto, si ha trabajado en varios estados miembros o estados sujetos a un tratado, obtendrá una pensión propia de cada estado en el que cuente con periodos de cotización, siempre y cuando se cumplan los requisitos de pensión correspondientes; salvo la excepción de la renta mínima.
Por otra parte, el Derecho comunitario estipula normas especiales sobre el cálculo de la pensión, por las cuales los periodos cotizados en otros estados miembros también pueden influir en el cálculo de la renta alemana. En dicha pensión, los periodos cotizados en el extranjero pueden tener efectos positivos.
Si desea más información sobre el cálculo de la pensión en virtud del Derecho comunitario, consulte el folleto informativo
Vivir y trabajar en Europa
Deutsche Fassung
Pago de la pensión alemana en otro estado
Residencia en la Unión Europea
En caso de residencia habitual en la Unión Europea, los beneficiarios obtienen, en términos generales, el total de su pensión derivada de periodos contributivos y no contributivos del mismo modo en que lo haría en Alemania. También se aplica a los derechos de pensión derivados de periodos cotizados fuera del territorio de la actual República Federal de Alemania y que están contenidos en la pensión alemana, como los periodos cotizados en el territorio del Reich o los periodos de cotización y actividad en virtud conforme a la Ley alemana de pensiones extranjeras.
Lo mismo se aplica a la residencia habitual en los estados de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. En cualquier caso, los beneficiarios deben ser nacionales de dichos estados, ciudadanos de la Unión Europea o supervivientes de los mismos.
En casos concretos, puede producirse una reducción si la pensión preexistente se refiere al Tratado con Polonia de 1975 y, por tanto, los periodos cotizados en Polonia están incluidos en la pensión alemana. Lo mismo se aplica en caso de que la pensión alemana haga referencia a los tratados de la antigua RDA con Bulgaria, Rumanía, Eslovaquia, República Checa o Hungría. En caso de retraso, los tratados previamente mencionados ya no podrán aplicarse.
Residencia en un estado sujeto a un tratado
En caso de residencia habitual en un estado con el que Alemania haya suscrito un tratado relativo a la seguridad social, también pueden producirse reducciones.
No se puede pagar por periodos cotizados fuera del territorio de la actual República Federal de Alemania, pero que están incluidos en la pensión alemana, como los periodos cotizados en el territorio del Reich o los periodos de cotización y actividad conforme a la Ley alemana de pensiones extranjeras.
Por lo general, en los estados sujetos a un tratado tampoco existe el derecho de pensión por incapacidad laboral total, pensión a la que solo se tiene derecho en base a la coyuntura del mercado alemán de trabajo a tiempo parcial, y no en base a la capacidad laboral. El derecho a una incapacidad total en relación con la coyuntura del mercado alemán de trabajo a tiempo parcial solo se otorga en los siguientes estados sujetos a tratados: Bosnia y Herzegovina, Israel, Kosovo, Marruecos, Montenegro, Serbia y Túnez.
Residencia en terceros estados
En caso de residencia habitual en otros estados (fuera de la Unión Europea, los estados de Islandia Liechtenstein, Noruega y Suiza, así como los estados con los que Alemania haya suscrito tratados en materia de seguridad social), se aplicarán las mismas restricciones válidas para los estados sujetos a un tratado.
Es decir, partiendo de la base de periodos cotizados fuera del territorio de la actual República Federal de Alemania que, sin embargo, están incluidos en la pensión, no se pueden efectuar pagos. Tampoco se puede abonar una pensión por incapacidad laboral total basada únicamente en la coyuntura del mercado alemán de trabajo a tiempo parcial.
A eso cabe añadir que los periodos cotizados en el territorio de la antigua RDA que, debido al lugar residencia a fecha 18/5/1990, se valoraron en la República Federal de Alemania basándose en los niveles del Oeste, todavía deben convertirse al nivel actual del Este, más bajo, en terceros estados.
Además, las pensiones por incapacidad laboral parcial y las pensiones para mineros por incapacidad laboral reducida en la minería solo pueden concederse en caso de que exista un derecho a las mismas en el territorio nacional.
Transferencia al extranjero
En caso de residencia habitual en otro estado fuera de Alemania, la pensión también puede transferirse a una cuenta del beneficiario de un banco en Alemania. Deutsche Rentenversicherung asume los costes de la transferencia. En algunas excepciones también se puede designar a una persona de confianza que posea una cuenta en un banco en Alemania, siempre y cuando este abone el dinero al beneficiario.
El dinero también se puede transferir a una cuenta de un banco en los estados SEPA de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein y Noruega. En este caso, Deutsche Rentenversicherung también asumirá los costes de la transferencia.
Huelga decir que la transferencia también se puede efectuar a una cuenta del beneficiario en un banco en otro estado, aparte de los antes mencionados. A estos fines, el seguro Deutsche Rentenversicherung, en colaboración con el Servicio de Pensiones de la Deutsche Post AG, utiliza modalidades de pago estandarizadas y económicas, en las cuales también se produce la conversión a la divisa del estado de residencia. Al igual que en Alemania o en el resto de estados mencionados con anterioridad, el seguro Deutsche Rentenversicherung asume los costes de la transferencia hasta el banco de la primera transferencia. En caso de que la transferencia acarree gastos, tasas de conversión o pérdidas por tipo de cambio para los bancos participantes en la operación, estos no podrán compensarse. El beneficiario deberá hacer frente a los mismos.
Para poder abonar la pensión, el seguro Deutsche Rentenversicherung necesitará el código bancario internacional (BIC) y el número de cuenta internacional (IBAN) de la cuenta del beneficiario. Para ello, existen declaraciones de pago en las que el banco también confirma la cuenta bancaria. En el caso de Italia y Canadá/EE. UU., existen declaraciones de pago especiales.
Fe de vida
En caso de residencia habitual en otro estado fuera de Alemania, el Servicio de Pensiones de la Deutsche Post AG comprobará anualmente, a mediados de año, si el beneficiario sigue con vida. Se le enviará un certificado de fe de vida por escrito que deberá confirmar ante una autoridad y enviar confirmado lo antes posible. Por lo general, las confirmaciones las pueden llevar a cabo todas las autoridades, organismos aseguradores, entidades de crédito del país de residencia y, con carácter subsidiario, las representaciones alemanas en el extranjero.
Algunos estados, como Bélgica, Finlandia, Israel, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Polonia, Suecia, Suiza y España, comunican el fallecimiento del beneficiario, por lo que en este caso se prescinde del certificado de fe de vida.
Deutsche Fassung
Cambio de residencia a otro estado
Obligaciones de comunicación
Le rogamos tenga en cuenta que incluso las pensiones aprobadas pueden reducirse e incluso suspenderse si cambia de residencia habitual a otro estado. Normalmente, la pensión no cambia, pero hay excepciones (Pago de la pensión alemana en otro estado).
Por ello, está obligado por ley a comunicar de inmediato su cambio de residencia. De este modo, se cerciorará de la cuantía de la pensión que le corresponde en otro estado y evitará posibles reclamaciones de devolución.
Deberá informar al Servicio de Pensiones de Deutsche Post AG acerca de su cambio de residencia, a ser posible, dos meses antes de su traslado para que su pensión pueda convertirse sin sufrir interrupciones. El motivo es que, aunque la cuantía de la pensión no cambie, la conversión necesita tiempo por motivos técnicos. Esta es la dirección:
Deutsche Post AG
Niederlassung Renten Service
13496 Berlin
ALEMANIA
Teléfono: +49 221 569 2777
Fax: +49 221 569 2778
Obviamente, también puede informar directamente al organismo asegurador encargado de tramitar sus asuntos.
Con el fin de examinar la continuidad de su derecho de pensión, le rogamos indique los siguientes datos, si los conoce:
- su nacionalidad actual,
- su futuro estado de residencia,
- si tiene previsto vivir allí solo temporalmente o a largo plazo, y cuánto tiempo,
- su nueva dirección,
- su nueva cuenta bancaria, o la misma, con BIC e IBAN, y
- a fecha prevista del cambio de residencia.
Le rogamos nos comunique dicha información lo más completa posible y que al hacerlo indique su número de seguro.
Asesoramiento e información
Obviamente, antes de tomar una decisión acerca del cambio de residencia, puede acudir a nosotros para que le informemos sobre el derecho de pensión alemana en el otro estado. Si desea obtener asesoramiento personal, puede concertar una cita con nuestras oficinas de información y asesoramiento.
Por descontado, Deutsche Rentenversicherung también puede enviarle información por escrito acerca de su derecho de pensión alemana en un determinado estado. Basta con una breve comunicación a su organismo asegurador. Solo tiene que indicar su nacionalidad actual, el país de residencia previsto y si desea residir en el mismo temporalmente o a largo plazo. Le rogamos que en su consulta deje claro que se trata únicamente de una información sobre las consecuencias de un (posible) traslado, para evitar confusiones. Más adelante, si toma una decisión definitiva al respecto, le rogamos nos lo comunique lo antes posible.
Seguro de enfermedad y asistencia
Seguro que también le interesa saber qué seguro de enfermedad y asistencia le corresponde en otro estado. Esto depende de si estaba asegurado con anterioridad, en qué estado reside, si solo temporalmente o a lago plazo, y también si percibe una pensión de su estado de residencia. A este respecto existen normativas especiales que se aplican en los estados de la Unión Europea, además de los estados de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
Bajo determinadas circunstancias, Deutsche Rentenversicherung también puede concederle un subsidio para sus aportaciones al seguro de enfermedad en el otro estado.
Si tiene alguna pregunta relacionada con el seguro de enfermedad y asistencia en el extranjero, póngase en contacto con su seguro médico.
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Oficinas de contacto
Oficinas de contacto en Alemania
El seguro Deutsche Rentenversicherung actúa como oficina de contacto para los asegurados que también han cotizado en el extranjero o residen allí.
Actuamos como oficinas de contacto, en caso de que:
- resida fuera de la República Federal de Alemania en calidad de nacional extranjero o nacional extranjera.
- resida fuera de la República Federal de Alemania en calidad de nacional extranjero o nacional extranjera y también tenga cotizaciones en el extranjero.
- resida en el extranjero.
- sea nacional alemán o nacional alemana y tenga cotizaciones en el extranjero.
Nosotros
- tramitamos su solicitud de pensión si esta se deriva del Deutsche Rentenversicherung.
- tramitamos su solicitud de rembolso de aportaciones si esta se deriva del Deutsche Rentenversicherung.
- trasmitimos su solicitud de pensión extranjera al organismo asegurador extranjero si tiene su residencia en la República Federal de Alemania.
- abonamos la pensión alemana en el extranjero si tiene su residencia en el extranjero.
- le enviamos información sobre su pensión si lo desea.
Las consultas y solicitudes (relacionadas con el Derecho de tratados y el Derecho comunitario) las tramitarán en Alemania los diferentes organismos aseguradores. Si ha residido o trabajado en uno o varios estados miembros o estados sujetos a un tratado, le atenderá
- Deutsche Rentenversicherung Bund
- Deutsche Rentenversicherung Knappschaft-Bahn-See
- o un organismo asegurador regional del Deutsche Rentenversicherung.
En principio, el encargado de tramitar sus asuntos es el organismo asegurador alemán al que haya abonado las últimas aportaciones alemanas.
En caso de que abonara su última aportación alemana al Deutsche Rentenversicherung Bund (el antiguo "Bundesversicherungsanstalt für Angestellte – BfA -"), esta será su oficina de contacto.
Si en algún momento ha abonado como mínimo una aportación alemana al Deutschen Rentenversicherung Knappschaft-Bahn-See (el antiguo "Bundesknappschaft, Bahnversicherungsanstalt und Seekasse"), esta será su oficina de contacto.
En caso de que abonara su última aportación a un organismo asegurador regional (anteriormente, “Landesversicherungsanstalten – LVA’en -”), el encargado de tramitar sus asuntos será el asegurador regional competente para el estado miembro o estado sujeto a un acuerdo en cuestión:
Estado miembro o estado sujeto a un acuerdo | Organismo asegurador alemán competente |
---|
República de Albania | Deutsche Rentenversicherung Rheinland-Pfalz |
Australia | Deutsche Rentenversicherung Oldenburg-Bremen |
Austria | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Bélgica | Deutsche Rentenversicherung Rheinland |
Bosnia y Herzegovina | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Brasil | Deutsche Rentenversicherung Nordbayern |
Bulgaria | Deutsche Rentenversicherung Mitteldeutschland |
Canadá | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Chile | Deutsche Rentenversicherung Rheinland |
Chipre (parte griega) | Deutsche Rentenversicherung Baden-Württemberg |
República de Corea | Deutsche Rentenversicherung Braunschweig-Hannover |
Croacia | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Chequia | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Dinamarca | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Eslovaquia | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Eslovenia | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
España | Deutsche Rentenversicherung Rheinland |
Estonia | Deutsche Rentenversicherung Nord |
EE.UU. | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Filipinas | Deutsche Rentenversicherung Braunschweig-Hannover |
Finlandia | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Francia | Deutsche Rentenversicherung Rheinland-Pfalz
(en algunos casos excepcionales, también
Deutsche Rentenversicherung Saarland) |
Gran Bretaña | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Grecia | Deutsche Rentenversicherung Baden-Württemberg |
Hungría | Deutsche Rentenversicherung Mitteldeutschland |
India | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Irlanda | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Islandia | Deutsche Rentenversicherung Westfalen |
Israel | Deutsche Rentenversicherung Rheinland |
Italia | Deutsche Rentenversicherung Schwaben
(en algunos casos excepcionales, también
Deutsche Rentenversicherung Saarland) |
Japón | Deutsche Rentenversicherung Braunschweig-Hannover |
Kosovo | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Letonia | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Liechtenstein | Deutsche Rentenversicherung Baden-Württemberg |
Lituania | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Luxemburgo | Deutsche Rentenversicherung Rheinland-Pfalz
(en algunos casos excepcionales, también
Deutsche Rentenversicherung Saarland) |
Malta | Deutsche Rentenversicherung Schwaben |
Marruecos | Deutsche Rentenversicherung Schwaben |
Macedonia del Norte | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Montenegro | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Noruega | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Países Bajos | Deutsche Rentenversicherung Westfalen |
Polonia | Deutsche Rentenversicherung Berlin-Brandenburg |
Portugal | Deutsche Rentenversicherung Nordbayern |
Rumania | Deutsche Rentenversicherung Nordbayern |
Suecia | Deutsche Rentenversicherung Nord |
Suiza | Deutsche Rentenversicherung Baden-Württemberg |
Serbia | Deutsche Rentenversicherung Bayern Süd |
Túnez | Deutsche Rentenversicherung Schwaben |
Turquía | Deutsche Rentenversicherung Nordbayern |
Nuestro consejo: Si todavía no ha realizado ninguna aportación alemana o no recuerda a qué asegurador alemán le ha abonado la última aportación alemana, póngase en contacto con Deutsche Rentenversicherung Bund. Este se encargará de averiguar cuál es el organismo asegurador alemán competente en su caso y le remitirá su consulta o solicitud.
Oficinas de contacto en el extranjero
Puede consultar las personas de contacto para asegurados y pensionistas de las oficinas de contacto extranjeras en nuestra lista de enlaces de organismos aseguradores en otros estados miembros o estados sujetos a un tratado:
Además, la Comisión Europea proporciona información sobre los aseguradores de los estados miembros competentes en materia de seguridad social a través de la base de datos Directorio Público EESSI de Instituciones_Informaciones, de acceso público.
Catálogo de las instituciones ESSI
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